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LA EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR VENEZOLANA El SEA El SEA es el mecanismo aprobado por el CNU para enmarcar, aplicar y desarrollar los procesos de evaluación y acreditación de la ESV. Consta de dos subsistemas interrelacionados pero nítidamente diferenciados: evaluación y acreditación. 6.1. Subsistema De Evaluación Institucional (SUE) Es el proceso mixto (evaluación externa e interna) que realizan el estado y las propias instituciones. La evaluación externa (proceso de Rendición de Cuentas) tiene como propósito el aseguramiento de la calidad básica en todas y cada una de las instituciones de Educación Superior. La realiza el estado venezolano mediante los procesos de creación y-o modificación de instituciones y programas, de supervisión y de rendición de cuentas propiamente dicha. El procedimiento consiste, básicamente, en contrastar la información suministrada por la institución con los estándares de calidad fijados para cada una de las instancias evaluativas (diagnóstico, supervisión y rendición de cuentas ) y luego hacer el análisis correspondiente para tomar las decisiones pertinentes. La evaluación para la creación se realiza durante la presentación de solicitud de funcionamiento y-o modificación por parte de instituciones y programas; la supervisión es permanente, y se localiza en todo el nivel del sector de Educación Superior o del grupo de instituciones que comparten características comunes; a tal efecto, todas las evaluaciones externas se apoyan, para efectos de aplicación de estándares, en una tipología de las instituciones de ESV. La rendición de cuenta se realizará anualmente a las instituciones oficiales (su presupuesto depende del Estado) y cuatrianualmente para todas las instituciones (oficiales y privadas). Este proceso de evaluación es obligatorio para ambos actores (Estado e instituciones) y cubrirá a todas las instituciones de ESV en sus niveles de pre y postgrado. Como ente físico, tendrá su asiento en la OPSU (Oficina de Planificación del Sector Universitario) y dependerá del ejecutivo, es decir, es una agencia oficial. 6.2. La Autorregulación La autorregulación interna tiene como propósito fundamental el aseguramiento de la calidad básica de cada institución en particular, y por ella misma. En este sentido la realiza cada institución sin la ingerencia de pares externos (ésta es la razón del porqué la denominamos Autorregulación, porque consideramos que las actuales autoevaluaciones con pares externos (CONEAU, 1998 ; Kells, 1997 ) no son verdaderas autoevaluaciones, porque el guión o esquema evaluativo es externo ( en el mejor de los casos es adaptado por la institución) y porque el informe evaluativo tiene como principal destinatario a los evaluadores externos (Thune, 1998), y no a la propia institución para que ajuste (regule ella misma) su planificación y desarrollo. El procedimiento consiste, básicamente, en comparar ( en cada institución) su Deber Ser (Misión, Proyecto, Plan) con su Quehacer y Logros, después de lo cual se tomarán las decisiones de ajustes (homeostática en el caso del Quehacer), de panificación en la Rendición de Cuentas y de Diagnóstico en la entrada. Sus estándares son internos y estarán íntimamente asociados al proceso de planificación. Es un proceso de avaluación permanente, tanto, como lo sea la planificación. Es voluntario, el Estado no interviene, aunque presiona a través de los estándares nacionales de calidad básica. 6.3. El Subsistema de Acreditación (SUA) Es un proceso de evaluación externa que tiene como propósito fundamental detectar, reconocer y certificar los grados de excelencia de los programas que se sometan al proceso de acreditación. El procedimiento es el estandarizado internacionalmente, es decir, una fase diagnostica que realiza el programa a ser acreditado y con un guión suministrado por la agencia de acreditadora; una evaluación externa realizada por pares o expertos; y una fase de certificación o acreditación propiamente dicha. En un primer momento solo se acreditarán programas y carreras; los indicadores corresponderán , fundamentalmente, al criterio evaluativo de eficacia; los estándares deben superar a los establecidos como calidad básica, y en lo que respecta a la formación (docencia) los egresados del programa en cuestión serán sometidos a un examen de Estado. La acreditación será un proceso totalmente voluntario y su vigencia será limitada ( 3 años para los programas de postgrado y 5 para los de pregrado) El SUA ( Subsistema de Acreditación) será un organismo autónomo, regido por un Consejo Nacional de Acreditación que incluirá representantes ( de muy alta calificación ) de las instituciones de Educación Superior, de las agencias académicas (CONICIT; Ministerio de Ciencia y Tecnología; Fundayacucho; AVERU); y del sector gerencial privado: FEDECÁMARAS. Será presidido por el Ministro de Educación Superior.
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