LA EVALUACIÓN Y LA  ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR VENEZOLANA

Marco Legal

La Ley de Universidades (Venezuela, 1970) contiene las principales disposiciones con relación a la evaluación institucional de las universidades. Así, en el artículo 10 se establece que las universidades experimentales “serán objeto de evaluación periódica” ; en el artículo 20 (Inciso 18) se establece que es una obligación del CNU “elaborar en lapsos no menores de 10 años, un informe de de evaluación del sistema universitario vigente” ; y en el artículo 36 (numeral 9) , con relación a las atribuciones de los rectores, se contempla que éstos deben “informar semestralmente al Consejo Universitario y anualmente al CNU acerca de la marcha de la universidad”

Los artículos citados anteriormente evidencian la preocupación de los legisladores por la evaluación de la calidad universitaria, pero, al mismo tiempo, constituyen una prueba de la desidia del Estado venezolano, de la época, en esta materia. Han transcurrido más de 30 años de la promulgación de la Ley y hasta ahora no se ha cumplido con lo pautado en ese articulado.

En 1999 se promulga la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En este marco legal se establece por primera vez una mención expresa de la necesidad de que la ESV sea una de calidad. Así, el artículo 103 establece que toda persona tiene derecho a una educación integral, permanente y de calidad; y en los artículos 106 y 109 pautan la necesidad de inspeccionar y supervisar las instituciones de ESV privadas y oficiales, inclusive las que disfrutan de autonomía administrativa (1). Este articulado es el que soporta jurídicamente al SEA (Sistema de Evaluación y Acreditación de las universidades nacionales ) en su pretensión de exigir una periódica rendición de cuentas a las universidades, mediante la práctica de una evaluación institucional externa.

En el año 2000 se elabora el Plan de la Nación, que contempla en su capítulo IV unas disposiciones que caracterizan una política del Estado venezolano con relación a la ESV. En esa caracterización destacan los tres desafíos o retos de la ESV para el próximo lustro: equidad, pertinencia y calidad, de paso, estos desafíos coinciden con los de la UNESCO (1998). En lo que respecta a la calidad se establece:

Educación de calidad y Salud y calidad de vida para todos

Elevar la calidad y eficiencia de las instituciones de educación superior

“Elevar calidad y eficiencia en las instituciones de educación superior comprende el desarrollo de la carrera académica en las instituciones de educación superior y …. la implantación de un sistema de evaluación y acreditación académica….” . (Venezuela, 2001:93) (negrillas nuestras)

Por su parte, el Programa de Gobierno establece:

Como política: La conquista de la excelencia académica

Como objetivo: Elevar la calidad y eficiencia de las instituciones

Como estrategia: Diseñar e implantar un sistema de acreditación y evaluación académica para las instituciones de Educación Superior. (República Bolivariana de Venezuela, 2001)

El 26-01-01, el CNU aprueba (según resolución No 15 del Acta No 383) iniciar el trabajo para diseñar un Sistema de Evaluación y Acreditación de las universidades nacionales (SEA).

El 28-5-02, el CNU aprueba (según resolución No 11 del Acta No 406) el diseño del subsistema de Evaluación para las universidades nacionales, y autoriza su instrumentación.